La Legislatura porteña aprobó la Ley Antitrapitos: cuáles son las nuevas penas y restricciones

La Legislatura porteña aprobó la Ley Antitrapitos, que endurece penas para cuidacoches, con arrestos de hasta 60 días y multas millonarias, apuntando a organizaciones en eventos masivos.

RamArd News · 18/06/2026 · min de lectura
La Legislatura porteña aprobó la Ley Antitrapitos: cuáles son las nuevas penas y restricciones

La Legislatura porteña aprobó la Ley Antitrapitos: cuáles son las nuevas penas y restricciones

La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó este jueves una reforma al Código Contravencional que endurece las penas para los “trapitos” y cuidacoches. La iniciativa, promovida por el jefe de Gobierno, Jorge Macri, y por la legisladora Pilar Ramírez, establece mayores sanciones, incorpora restricciones de acercamiento y apunta especialmente a las organizaciones que operan en eventos masivos.

“Si sos trapito, te meto preso”, celebró el jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri, al sancionarse la ley. “Aprobamos una ley para meter presos a estos delincuentes que se creen dueños de la calle y viven de extorsionar a la gente de bien. Ley y orden”, añadió.

La norma modifica los artículos 91 y 92 de la Ley 1.472 y crea un esquema de penalidades más severo para quienes ofrezcan o presten servicios de estacionamiento, cuidado de vehículos o limpieza de vidrios sin autorización.

Entre los principales cambios, la ley fija penas de entre 10 y 30 días de arresto, trabajos de utilidad pública de 20 a 45 días o multas de hasta 7000 unidades fijas, equivalentes actualmente a $6.649.930.

Además, los jueces podrán imponer la prohibición de concurrencia y la restricción de acercamiento a los lugares donde se haya cometido la contravención, con el objetivo de evitar que los infractores vuelvan a operar en las mismas zonas.

La legislación también incorpora agravantes. Si la conducta incluye intimidación, amenazas, aprovechamiento de situaciones de vulnerabilidad o cualquier otra circunstancia considerada especialmente grave, las sanciones podrán duplicarse.

Uno de los ejes centrales de la reforma apunta a las estructuras organizadas detrás de la actividad. En esos casos, los organizadores, coordinadores o jefes podrán recibir hasta 60 días de arresto y quedar inhabilitados para acceder a programas sociales, subsidios o beneficios estatales durante un plazo de hasta dos años.

Las penas aumentan aún más cuando la actividad se desarrolla en torno a eventos masivos, como recitales o partidos de fútbol. La ley establece que, si los hechos ocurren dentro de un radio de hasta 50 cuadras y entre las seis horas previas y las tres posteriores a la finalización del evento, los partícipes podrán recibir entre 15 y 50 días de arresto.

Para quienes tengan funciones de organización o coordinación, las sanciones previstas en esos contextos irán de 45 a 60 días de arresto.

Otro de los puntos incorporados es la posibilidad de que el Ministerio Público Fiscal instale oficinas móviles en las inmediaciones de los eventos para recibir denuncias de vecinos y automovilistas afectados.

La norma también contempla sanciones para clubes, instituciones u organizadores de espectáculos. Si se comprueba la participación directa o indirecta de personas vinculadas a esas entidades en la actividad ilegal, podrán aplicarse multas de hasta 20.000 unidades fijas, equivalentes a $18.999.800, además de la clausura de instalaciones por un período de entre 30 y 90 días.

Por último, la ley mantiene la obligación de informar a los infractores sobre los programas de asistencia social disponibles en la Ciudad. Sin embargo, establece que quienes lideren o promuevan estas actividades podrán quedar excluidos de esos beneficios por un plazo de hasta dos años.

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