La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) introdujo modificaciones en el régimen de garantías para obligaciones fiscales aduaneras, con el objetivo de simplificar trámites y reducir costos para las empresas del sector.
Cambios oficializados
Los cambios fueron oficializados mediante la Resolución General 5864/2026, publicada en el Boletín Oficial. La normativa reemplaza parte de los criterios establecidos por la Resolución General 3885/2016 y amplía los casos en los que se podrá utilizar una declaración jurada como garantía en operaciones de importación y exportación.
La decisión se enmarca en el Decreto 838/2025, que habilitó considerar suficiente garantía la presentación de un documento suscripto por los interesados para determinadas destinaciones aduaneras, bajo condiciones fijadas por el organismo.
Principales cambios
Según ARCA, se adecuaron el Cuadro I y el Anexo I de la normativa vigente para ampliar el universo de destinaciones suspensivas alcanzadas. Así, más operaciones podrán respaldarse con declaraciones juradas, evitando en algunos casos instrumentos financieros tradicionales.
La medida busca agilizar la operatoria aduanera y facilitar el acceso a garantías. Desde el organismo consideran que reducirá tiempos administrativos y simplificará procesos para importadores y exportadores.
El nuevo esquema podría aliviar costos: muchas operaciones requerían seguros de caución o avales bancarios, que implicaban gastos adicionales. Con la ampliación del uso de declaraciones juradas, algunos operadores podrán cumplir requisitos con mecanismos más simples y menos onerosos.
La resolución forma parte de cambios impulsados por el Gobierno nacional para desregular procedimientos y facilitar el comercio exterior, buscando mejorar la competitividad empresarial.
ARCA informó que la implementación será progresiva, con un cronograma disponible en el micrositio “Garantías - Operaciones aduaneras” de su web oficial.